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La Corte Constitucional mantuvo en firme la expresión “exceso de” como advertencia en etiquetas de bebidas alcohólicas. Con ponencia de la magistrada Paola Meneses, la Sala Plena consideró que esa frase no vulnera los derechos a la salud y a la información como lo alegaba una demandante.El alto tribunal estudió una demanda en la que se alegaba que la expresión “exceso de” daba a entender que el alcohol solamente produce daño cuando se consume de forma excesiva, algo que iría en contra de la evidencia científica que demuestra que cualquier cantidad de alcohol consumido es insegura.Al momento de analizar el caso hubo todo tipo de comentarios que llegaron a la Corte, que se decidió por hacer un estudio detallado dejando a un lado las observaciones que descalificaban el tema. La magistratura se concentró en dos aspectos: en el alcance de las expresiones de advertencia sanitaria que ofrecen información a cada ciudadano para tomar decisiones, y en la regulación que existe sobre el consumo de alcohol.Corte Constitucional Foto:CortesíaLa Sala Plena concluyó que el etiquetado de advertencia hace parte de regulaciones que el Congreso ha establecido para fortalecer su política pública de prevención del consumo excesivo de alcohol. En ese sentido, determinaron que la expresión “exceso de” no atenta contra el derecho que tiene el consumidor a la información. “El mensaje de la leyenda de advertencia no configura un déficit de protección al consumidor en materia de información porque está fundamentado en la información sobre la que existe un amplio consenso científico”, explicó la Corte. Bebidas alcohólicas. Foto:iStockAsimismo, determinó que la expresión demandada está dirigida a mayores de edad, quienes tienen permitido consumir alcohol y conocen cuáles deben ser sus límites, lo cual no hace que se esté engañando a la ciudadanía.Además de mantener la expresión, la Corte consideró que era necesario llamar al Congreso y al Ministerio de Salud para que actualicen su política pública sobre consumo de alcohol con la mejor evidencia.La magistrada Paola Andrea Meneses fue la ponente. Foto:CortesíaEl caso tuvo en el pleno de la Corte Constitucional un salvamento de voto de parte del magistrado Vladimir Fernández, y una aclaración de voto de la magistrada Lina escobar. En cuanto a la jurista señaló que hay evidencia científica amplia sobre el impacto del alcohol en la salud humana. Para ella, “el legislador, el Gobierno Nacional y las demás autoridades competentes avancen hacia una política pública de prevención del consumo de alcohol y de reducción de los riesgos asociados a su ingesta, según la mejor información disponible”.Carlos López – Justicia – @CarlosL49 – carben@eltiempo.com
