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Luego de una reunión virtual de los nueve magistrados de la Corte Constitucional, la Sala Plena decidió este martes no citar a una sesión extraordinaria para estudiar el decreto de emergencia económica. Su trámite de legalidad se hará una vez la Rama Judicial retome funciones, el 13 de enero, conforme a la norma.“El control judicial de constitucionalidad debe cumplirse igualmente teniendo en cuenta las reglas que definen la organización y el funcionamiento de los despachos judiciales en garantía de los derechos de audiencia, acceso a la administración de justicia y el debido proceso, entre otros, y la aplicación estricta de todos los principios que orientan el ejercicio de la función judicial”, dijo el alto tribunal a través de un comunicado de prensa.La Sala Plena extraordinaria empezó a contemplarse tras el anuncio del Ejecutivo de expedir, vía decreto, un paquete de impuestos que habían sido hundidos por el Congreso con la ley de financiamiento.Acudir a este mecanismo de excepción fue calificado por distintos sectores y gremios como una arbitrariedad abiertamente inconstitucional, razón por la cual le pidieron a la Corte Constitucional decretar una medida cautelar que suspendiera sus efectos.Presidente Gustavo Petro y ministros Benedetti y Ávila. Foto:PresidenciaSin embargo, tras discutir esta opción, un hecho nunca antes aplicado, la Corte decidió no iniciar inmediatamente el estudio del estado de la emergencia económica y los decretos derivados, sino posponerlo hasta finalizada la vacancia judicial.Presidente Gustavo Petro. Foto:PetroLa Corte citó antecedentes que dan cuenta de declaraciones de estados de emergencia y de las medidas adoptadas en época de receso o vacancia judicial, y la forma como la revisión judicial de los mismos fue asumida por los magistrados.Entre estos, el Decreto 4975 de 2009, expedido el 23 de diciembre de ese año, el cual fue remitido para su estudio el día hábil siguiente, es decir, el 10 de enero de 2010. “La Corte lo repartió una vez reinició el ejercicio de sus labores ordinarias después de la vacancia judicial; avocó su conocimiento a partir del 20 de enero de ese año y adoptó la decisión de mérito mediante la Sentencia C-252 del 16 de abril de 2010”, precisó el tribunal.Mazo de juez. Foto:CEETUn escenario que se plantea calcar para el caso de la emergencia económica y social de este 22 de diciembre, con la que el Ejecutivo podrá imponer impuestos y firmar decretos con fuerza de ley sin la necesidad de llevarlos al Congreso.Sara Quevedo – Justicia – @JusticiaET – sarque@eltiempo.com
