El anuncio del Gobierno de decretar la emergencia económica en vísperas de un año electoral, por razones que —según varios juristas— no responden a hechos sobrevinientes como ordena la ley, tiene en alerta a la Corte Constitucional, que desde la vacancia baraja citar a una sesión extraordinaria de la Sala Plena para poner talanqueras a una directriz que varios gremios han calificado como “abiertamente inconstitucional”.El ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró en rueda de prensa desde la Casa de Nariño que el decreto de emergencia económica ya fue firmado por todos los ministros del presidente Gustavo Petro. Esta figura le otorga facultades extraordinarias al Ejecutivo para expedir decretos con fuerza de ley, incluidos aquellos que crean o modifican impuestos, para recaudar el hueco de 16,3 billones de pesos que tiene el Presupuesto de 2026 sin necesidad de trámite previo en el Congreso.EL TIEMPO conoció, por fuentes del alto tribunal, que una vez se expida el decreto, el Ejecutivo tiene la obligación de remitirlo a la Corte al día siguiente para su control automático. En ese escenario, el presidente de la corporación citaría una reunión informal para fijar la ruta por seguir frente a las trabas técnicas y burocráticas propias de la vacancia judicial. Los equipos de los despachos no están trabajando y el sistema, como tal, está bloqueado para que no corran términos en los diferentes expedientes.Corte Constitucional Foto:CortesíaEl primer punto por resolver, para constitucionalistas consultados, sería cómo reactivarlos de manera temporal, en un debate que se extiende más allá del decreto de emergencia económica y que responde a preguntas como: ¿qué pasa si se acude a otro estado de excepción, como la declaratoria de guerra exterior, y la Rama Judicial está en vacaciones colectivas?, ¿se dejaría desprotegida a la población, a merced de uno de los tres poderes?Si los magistrados deciden darle trámite al decreto de emergencia económica, tendrían que elevar una solicitud al Consejo Superior de la Judicatura para que habilite el personal necesario, con el fin de que la Corte expida el auto admisorio y oficie las pruebas por cada una de las razones que expuso el Gobierno para justificar la medida.Si esta alternativa no prospera por el andamiaje institucional que habría que activar, la Sala Plena sesionaría el 13 de enero e incluiría el tema como prioritario para el reparto del expediente. Este diario conoció que el magistrado ponente tendría como responsabilidad tramitar con celeridad una solicitud de medida cautelar para que los impuestos contemplados en el decreto queden sin efecto mientras se estudia el fondo del asunto.Los efectos inconstitucionales, según juristas consultados, tendrían repercusiones directas sobre los ministros que firmen el documento, quienes podrían asumir responsabilidades jurídicas por avalar la declaratoria de un estado de excepción que no cumple con el requisito de responder a hechos sobrevinientes.Presidente Petro Foto:PetroEl decretoEl Gobierno volvió a presentar un presupuesto para 2026 condicionado a la aprobación de una reforma tributaria que no fue avalada por el Congreso. Aunque se aprobaron 546,9 billones de pesos, 16,3 billones dependían de esa ley, por lo que Hacienda tendría que recortar ese monto. Para evitarlo, el Ejecutivo opta por declarar una emergencia económica.De concretarse, sería el tercer estado de excepción en menos de tres años, tras la emergencia económica, social y ecológica en La Guajira en 2023 y la conmoción interior decretada este año en el Catatumbo. En el primer caso, los impuestos creados fueron tumbados por la Corte Constitucional; en el segundo, se impusieron tributos temporales que vencen el 31 de diciembre.Desde el viernes circula un borrador que contempla nuevos impuestos: un gravamen al patrimonio de personas jurídicas con más de 40.000 UVT (unos 2.094 millones de pesos en 2026), el aumento del 4×1.000 al 5×1.000, mayores impuestos al consumo de licores, vinos, cigarrillos y tabaco, y la posible reactivación de un impuesto a la primera venta y exportación de hidrocarburos y carbón.Supermercado. Foto:iStockAnte este panorama, el Consejo Gremial Nacional señaló que el Ejecutivo cuenta con mecanismos ordinarios previstos en la Ley Orgánica del Presupuesto para ajustar las cuentas públicas, incluyendo el aplazamiento o recorte de gastos, sin necesidad de acudir a una emergencia.“Es evidente y clara la inexistencia de los requerimientos constitucionales para declarar una emergencia económica a la luz del artículo 215. La situación fiscal que hoy enfrenta Colombia es una situación previsible sobre la cual se vienen haciendo advertencias desde los años 2024 y 2025 al discutir los correspondientes presupuestos de la Nación, y por ende no existe un hecho sobreviniente”, dijo.María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombo Americana, afirmó que “un déficit estructural y una ley negada por el Congreso no cumplen ese estándar. La crisis fiscal se enfrenta con austeridad y eficiencia del gasto, mejor gestión tributaria y reglas claras que incentiven la inversión productiva y la formalización, dentro del marco ordinario”.Por su lado, el abogado Ramiro Bejarano calificó la medida como “groseramente inconstitucional”, al advertir que la emergencia económica no puede usarse como un mecanismo supletivo para imponer reformas tributarias rechazadas por el Congreso.Desde la Corporación Excelencia en la Justicia, Hernando Herrera explicó que la vacancia judicial puede interrumpirse ante circunstancias extraordinarias como los estados de excepción, dado que la Constitución ordena a la Corte ejercer un control automático y de oficio sobre estos decretos. Y Kenneth Burbano Villamarín, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, puntualizó que “en caso de que el decreto sea inconstitucional, así lo hará saber la Corte en la sentencia y de ser necesario, los efectos de la misma serán retroactivos, lo cual es una decisión que les permitirá a los afectados solicitar la responsabilidad, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, para solicitar la devolución de dineros pagados”.Redacción Justicia

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