El reversazo de la Fiscalía en la imputación a Augusto Rodríguez, director de la UNP, por el delito de prevaricato por omisión, agendada para el 11 de febrero, no tiene precedentes en la historia reciente del país, sobre todo en un caso de la envergadura del magnicidio de Miguel Uribe Turbay.La orden de reversa salió de las más altas esferas del búnker al caer la tarde de este lunes.Desde el atentado del 7 de junio del año pasado, ocurrido durante un mitin político, se abrió un fuerte debate sobre el nivel de protección que recibió el dirigente del Centro Democrático. La defensa, encabezada por el penalista Víctor Mosquera, que había celebrado la decisión, recordó que el año pasado un juez concluyó que no se le brindó la protección necesaria y señaló que en 23 ocasiones se omitió ofrecerle medidas de seguridad.”Se le debían mejorar sus condiciones de seguridad. Esto es muy grave, porque tenemos que investigar si fue por omisión que sucedieron estos hechos”, dijo Mosquera en su momento.La imputación a Augusto Rodríguez, director de la UNP, por presunto prevaricato por omisión, se frenó debido a un conflicto de competencias dentro de la Fiscalía, dejando dudas sobre el manejo interno del caso.El presidente Petro con Augusto Rodríguez y Miguel Uribe en el parque El Golfito. Foto:Archivo particular.Para el abogado Socrates Saavedra dijo que “jurídicamente la Fiscalía es la titular de la acción penal y puede retirar una citación a imputación. No obstante, este tipo de decisiones en un caso tan delicado y con tufillo a impunidad, resultan extrañas, violatorias de los derechos de las víctimas y refuerzan la teoría de posibles influencias sobre el caso para evitar judicializar a los máximos responsables del magnicidio”.Por su lado, el jurista Fabio Humbar señaló que esto “deja muy mal sabor. Se presta para interpretaciones que no son deseables en este momento y abre la posibilidad de que se baraje como hipótesis las presiones políticas. Hay que revisar con lupa si lo que se está afirmando es cierto que el reversazo obedece a razones técnicas y de competencia. Esto tiene que aclararse”.Mientras que el penalista Francisco Bernate indicó que “los fiscales son autónomos y no tiene mayor sentido que se agende y se reverse. Esto no ocurre salvo situaciones obvias como el fallecimiento de la persona a imputar. Ni en casos de ninguna magnitud esto no ocurre y jurídicamente es muy difícil que un fiscal reverse una imputación convocada”.El abogado Duván Castañeda explicó que esta decisión no descarta de tajo la posibilidad de convocarlo nuevamente a audiencia de formulación de imputación”Puede ser que ese reversazo se deba a que el fiscal del caso requiera realizar más actos de investigación para recolectar elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida para sustentar mejor la imputación”, puntualizó Castañeda.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.com

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