El Sistema de Administración Tributaria (SAT) lanzó un importante mensaje a los contribuyentes por medio de sus redes sociales, como X, en el que advierte que quienes no habiliten su Buzón Tributario o y actualicen sus medios de contacto antes del 1 de enero de 2026, podrían ser acreedores a multas.
El plazo vence el próximo miércoles 31 de diciembre, si aún no lo has hecho, el proceso no te tomará mucho tiempo, de acuerdo con el SAT, activar el buzón y mantener los medios de contacto al día evitarán complicaciones y posibles sanciones.
¿Cuáles son las sanciones por no habilitar el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un canal de comunicación del SAT, que tiene el objetivo de simplificar la notificación de procesos administrativos, así como el envío de mensajes importantes de un modo sencillo y seguro, quienes lo han utilizado saben que también es posible tener promociones, avisos o dar cumplimiento a requerimientos de información de la institución.
Sin embargo, quienes no cumplan con esta obligación, podrían recibir algunas sanciones, las cuales están establecidas en el Código Fiscal de la Federación, en donde se señala que el no habilitar el Buzón Tributario, registrar o actualizar los medios de contacto es una infracción, y podrían recibir una multa de 3,850 a 11,540 pesos, así se señala en los artículos 86-C y 86-D.
Código Fiscal de la Federación
¿Quiénes deben habilitar su Buzón Tributario y cómo hacerlo?
Prácticamente todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitar su Buzón Tributario o actualizar sus datos de contacto, de ser necesario, a excepción de los siguientes:
Personas físicas sin obligaciones fiscales o con suspensión de actividades.
Personas morales con suspensión de actividades.
También están exentos de este proceso, las personas físicas que tienen ingresos menores a 400,000 anuales por salarios o servicios subordinados.
En cambio es obligatorio para los contribuyentes que realicen trámites que lo requieran o hayan emitido o recibido el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en los últimos 12 meses, así como las personas físicas que se inscriban en el RFC, reanuden actividades o actualicen sus actividades económicas y obligaciones en el RFC para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2025.
Paso a paso para de alta el Buzón Tributario
Ingresa a sat.gob.mx y elige el ícono “Buzón Tributario”.
Inicia sesión con RFC y contraseña o e.firma.
Ve a “Configuración” y registra tus correos y número de celular.
Guarda el acuse de registro.
Confirma los medios: el correo, dando clic en el enlace recibido (72 h), y tu celular, ingresando el código recibido vía SMS en “Configuración”.
Al confirmar ambos medios de contacto, tu Buzón Tributario quedará habilitado.
