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Sobre los escritorios de los nueve magistrados de la Corte Constitucional reposan dos expedientes espinosos que marcarán la agenda política en el arranque del año electoral, tras la vacancia judicial que termina hoy. Luego de la primera ronda deliberatoria sobre el futuro de la reforma pensional, que cerró en empate, con el voto de un conjuez la Sala Plena tendrá que decidir si tumba, salva o devuelve la norma al Congreso —por segunda vez— para que corrija los vicios de trámite.Pero, además, tendrá que estudiar, como asunto prioritario, el decreto de emergencia económica con el que el presidente Gustavo Petro expidió impuestos con fuerza de ley para solventar una supuesta crisis financiera que, según juristas, no responde a hechos sobrevinientes que justifiquen el estado de excepción.Este decreto tensó aún más la relación entre el Ejecutivo y la Corte, que incluso contempló, por primera vez en la historia constitucional, interrumpir las vacaciones colectivas y sesionar de manera extraordinaria, con la posibilidad de decretar una medida cautelar que suspendiera los efectos de la directriz presidencial y, con ello, la vigencia de los decretos reglamentarios mediante los cuales se expidieron impuestos como el IVA del 19 % a las apuestas en línea y a las bebidas alcohólicas. Con estas medidas, el Gobierno espera recaudar 11 billones de pesos para cubrir el faltante con el que quedó desfinanciado el Presupuesto General de la Nación para 2026.Pese a que, tras una reunión informal el 23 de diciembre, los magistrados concluyeron que la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia les impedía avocar conocimiento del decreto antes del 13 de enero, cuando la Rama Judicial en pleno retoma funciones, el hecho, calificado como una arbitrariedad del Presidente, sentó un precedente para que se contemple incluso modificar la vacancia judicial. Se trata de un proyecto de ley que, según el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte, será presentado para que el Congreso lo estudie.Presidente Gustavo Petro en alocución presidencial. Foto:PresidenciaEL TIEMPO conoció por fuentes del alto tribunal que en la Sala Plena de la semana del 19 de enero está previsto avocar conocimiento de la emergencia económica que, como ordena la Constitución, debe ser remitido a la Corte para su estudio al siguiente día hábil de ser expedido. Esta semana, la magistratura resolverá otros asuntos sobre los que se vencen términos y, en la siguiente, como lo pidieron distintos gremios y sectores políticos, priorizará en la agenda el reparto del expediente del estado de excepción para arrancar con el trámite de constitucionalidad.El caso será asignado a un magistrado ponente, quien se encargará de ordenar pruebas a la Presidencia y al Ministerio de Hacienda para verificar los ocho argumentos que esgrimió el Gobierno para expedir el decreto.Decreto Petro emergencia económica Foto:PresidenciaEntre ellos, el hundimiento de la reforma tributaria y la agudización del conflicto armado en regiones como el Catatumbo, donde hace un año el Ejecutivo decretó la conmoción interior y la emergencia económica para conjurar la crisis humanitaria derivada de los enfrentamientos entre el Eln y el ‘frente 33’ de las disidencias de las Farc. Sin embargo, según seguimientos realizados por entidades como la Defensoría del Pueblo, las medidas implementadas bajo el estado de excepción no lograron traducirse en soluciones estructurales para la población, que hoy enfrenta una nueva ola de violencia.El Gobierno también justificó la emergencia económica en el reajuste a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) a las EPS, una orden reiterada por el alto tribunal que incluso le costó un incidente de desacato al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. Asimismo, alegó obligaciones atrasadas y el agotamiento de las medidas de endeudamiento, pese a que, en una operación opaca y con un único oferente, antes de finalizar el año el Ejecutivo se endeudó por $23 billones mediante bonos TES, con tasas de interés del 13,15 %.Germán Ávila, ministro de Hacienda. Foto:GERMAN AVILAPor estas causas, que economistas y constitucionalistas califican como previsibles y que harían inconstitucional el decreto —con posibles consecuencias legales para los ministros que lo firmaron—, la Corte no descarta una medida cautelar que suspenda sus efectos y, por ende, los de los decretos reglamentarios, hasta que decida de fondo.Algunos impuestos, como el IVA a las bebidas alcohólicas, a las apuestas en línea y a las compras de más de 50 dólares que las personas realicen a través de plataformas internacionales como Temu y Shein, ya empezaron a regir y a recaudar desde el 1 de enero. Otros, como la reducción del umbral del impuesto al patrimonio desde los 2.000 millones de pesos, tienen como fecha de corte mayo para la presentación de la declaración, un cobro que podría frenarse con la decisión de la Corte.De caerse el decreto, en el caso de los tributos con vigencia inmediata, el tribunal podría ordenar al Gobierno —con base en la jurisprudencia existente y según fuentes de la magistratura— devolver esos recursos a los contribuyentes o tomarlos como un anticipo del pago de la siguiente vigencia fiscal.Magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez. Foto:CEETLos tiempos para decidir varían. El precedente más cercano es el del decreto de conmoción interior y emergencia económica para el Catatumbo, expedido el 24 de enero de 2025 y fallado con exequibilidad parcial, limitada a los hechos sobrevinientes de la emergencia, el 29 de abril.La hora de la reforma pensionalCon el voto del conjuez Carlos Pablo Márquez, en reemplazo del magistrado Héctor Carvajal, se reactiva el debate sobre la reforma pensional. La ponencia, de autoría del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, pide tumbar la norma por una serie de vicios en el trámite legislativo y durante la subsanación del ‘pupitrazo’ en el cuarto debate, por el que en junio pasado fue devuelta al Congreso.Según los argumentos del presidente de la Corte Constitucional, no se cumplió el quórum decisorio en la aprobación del orden del día de las sesiones extraordinarias convocadas por el Gobierno para reaprobar la reforma antes del 1 de julio. Además, durante las sesiones del 27 y 28 de junio se incurrió nuevamente en una insuficiente deliberación, al avalar la Cámara el texto que venía del Senado sin votar ni discutir el articulado.Magistrado Héctor Carvajal. Foto:Archivo ParticularTras la primera ronda deliberatoria, al menos cuatro magistrados han planteado la posibilidad de devolverla por segunda vez al Congreso, con la salvedad de que, al momento de subsanar los vicios, la Sala Plena aún no había expedido el Auto 841, en el que fijó los lineamientos para cumplir a cabalidad con la legalidad del trámite.Este camino podría cobrar peso en el exámen de constitucionalidad que arrancará de ceros y con modificaciones a la ponencia de Ibáñez.Sara Quevedo – Justicia – @JusticiaET – sarque@eltiempo.com
